El gobierno de Estados Unidos afirma que expulsó a El Salvador a 137 venezolanos tras la invocación de la Ley de Enemigos Extranjeros (Alien Enemies Act) de 1798 por parte del presidente Donald Trump, el 14 de marzo de 2025.
Se trata de la cuarta vez que se invoca esta ley en la historia de Estados Unidos, aunque los argumentos utilizados en 2025 son distintos a los pasados y, según expertos, podrían ser inconstitucionales.
Las 3 invocaciones pasadas de la Ley de Enemigos Extranjeros ocurrieron durante guerras declaradas y con el aval del Congreso
La primera invocación se hizo durante la Guerra de 1812 entre Estados Unidos y Gran Bretaña. El presidente James Madison declaró la guerra a Gran Bretaña el 1 de junio de 1812 y, de acuerdo con los registros históricos, Estados Unidos declaró como “enemigos extranjeros” a los ciudadanos británicos el 11 de julio de 1812.
La segunda invocación se hizo durante la Primera Guerra Mundial, tras la declaración de la guerra a Alemania, hecha por el entonces presidente Woodrow Wilson (con el respaldo del Congreso) el 6 de abril de 1917.
La tercera invocación se hizo durante la Segunda Guerra Mundial, en diciembre de 1941, tras el ataque del Imperio de Japón contra la base naval estadounidense de Pearl Harbor en Hawaii. El presidente Franklin D. Roosevelt declaró la guerra a Japón el 8 de diciembre de 1941, también con el respaldo del Congreso.
Por qué expertos consideran que la invocación de esta ley en contra del Tren de Aragua es inconstitucional
La Ley de Enemigos Extranjeros establece que puede ser invocada por el presidente “siempre que haya una guerra declarada entre Estados Unidos y cualquier nación o gobierno extranjero, o que se perpetre, intente o amenace una invasión o incursión depredadora contra el territorio de los Estados Unidos por parte de cualquier nación o gobierno extranjero”.
“Esta ley es una autoridad para tiempos de guerra. No está hecha para asuntos migratorios en tiempos de paz”, explicó a Factchequeado Katherine Yon Ebright, abogada experta en Seguridad Nacional y en Poderes de Guerra del Brennan Center for Justice, organización aliada de Factchequeado.
Ebright indicó que, a diferencia de las 3 invocaciones anteriores de esta ley, no hay una declaración de guerra hecha por Estados Unidos. El presidente “está arbitrariamente declarando la migración y el tráfico de narcóticos como actos de guerra y está recurriendo a los poderes excepcionales de la Ley de Enemigos Extranjeros para omitir el derecho al debido proceso de los inmigrantes”, agregó.
Kelli Stump, presidenta de la Asociación Estadounidense de Abogados de Inmigración (AILA), calificó la invocación de esta ley como un “abuso extraordinario de la autoridad del presidente” y recordó que la ley, para su invocación, requiere que exista una “invasión” o una “incursión depredadora” en territorio estadounidense por parte de un gobierno extranjero.
Ebright coincide con esta postura de Stump: “Se necesita alguna clase de ataque armado o acto de guerra”, indicó.
La Ley de Enemigos Extranjeros “es una autoridad de tiempos de guerra que puede usarse contra cualquier no ciudadano de un país en guerra con los Estados Unidos, independientemente de si se encuentra en el país legalmente o no. Su uso en este caso con fines de control migratorio es flagrantemente ilegal”, afirmó en su cuenta de X Aaron Reichlin-Melnick, analista de Políticas migratorias de la organización sin fines de lucro American Immigration Council.
La administración argumenta que la presencia de presuntos miembros del Tren de Aragua en Estados Unidos constituye una “invasión predatoria”
En su proclama, Trump afirmó que el Tren de Aragua está llevando a cabo “una guerra irregular y acciones hostiles en contra de Estados Unidos”. La banda criminal –que fue designada por la administración Trump como “organización terrorista extranjera" en febrero de 2025– opera, según el gobierno, “en conjunto con el Cartel de los Soles, la red de narcoterrorismo patrocinada por el régimen de Nicolás Maduro en Venezuela”.
Basado en esto, Trump aseguró que en el Tren de Aragua tiene cierto control sobre el estado venezolano y que está “perpetrando una invasión y una incursión predatoria en los Estados Unidos”. Sin embargo, no hay una declaración de guerra contra Venezuela.
Esta interpretación “va en contra de cualquier interpretación razonable de que nuestro país está en guerra o siendo invadido”, indicó Ben Johnson, director ejecutivo de AILA. Johnson agregó que Estados Unidos ya tiene “leyes que nos permiten deportar a personas peligrosas que han violado nuestras leyes y representan una amenaza para nuestra seguridad”, respetando el debido proceso.
Dato: en Factchequeado te explicamos en febrero de 2024 que expertos y Cortes Federales han coincidido en que la llegada de inmigrantes no califica legalmente como invasión, porque ese término se utiliza para incursiones armadas con intención de derrocar a un gobierno.
Sin derecho a la defensa
La Quinta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos establece que a ninguna persona “se le privará de la vida, la libertad o los bienes sin el debido proceso de la ley”
Aaron Reichlin-Melnick, indicó en su cuenta de X que los enviados a El Salvador “no tuvieron debido proceso” porque “ningún juez ha determinado que son miembros de una pandilla”. “El gobierno los declaró miembros del Tren de Aragua y eso fue todo. No se les permitió la oportunidad de presentar evidencias de que no lo eran”, añadió en otra publicación.
Con esto coincide Rebecca Hamilton, profesora de Derecho Penal de la American University en Washington, D.C. En su cuenta de X publicó una de las fotos de los detenidos en El Salvador siendo llevados a la fuerza por funcionarios encapuchados y agregó: “Estas personas que ves en esta foto no han tenido ningún tipo de debido proceso”.
Este argumento también está incluido en la demanda que introdujo la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) en nombre de 5 personas que, según el gobierno, son miembros del Tren de Aragua. De acuerdo con la demanda, la proclama de Trump viola la Quinta Enmienda “al negar a los demandantes protecciones procesales significativas para impugnar su expulsión” y “ cualquier tiempo para arreglar sus asuntos antes de su salida”.
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