La Corte Suprema de Estados Unidos le prohibió temporalmente al gobierno de Donald Trump utilizar la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798 para expulsar a venezolanos acusados por la administración de formar parte de la pandilla criminal del Tren de Aragua.
El caso de la Ley de Enemigos Extranjeros regresa a la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito
Dos venezolanos detenidos en Texas en riesgo de ser expulsados bajo la Ley de Enemigos Extranjeros habían introducido en abril de 2025 un habeas corpus ante una Corte Federal de ese estado para que se pausara su expulsión argumentando que iban a ser expulsados en aproximadamente 24 horas, lo que no les permitía impugnar la acusación en su contra como miembros del Tren de Aragua. El juez federal James Wesley Hendrix negó la solicitud el 17 de abril de 2025.
Esta decisión fue apelada ante la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito. Esa corte desestimó el 18 de abril de 2025 la apelación con el argumento de que era “prematura” y que, por ende, dejaba a esa corte sin jurisdicción para emitir un fallo. La Corte Suprema, en su decisión del 16 de mayo de 2025, calificó como errada esa decisión del Quinto Circuito.
La Corte Suprema en su fallo ordenó a la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito:
1 - Considerar la concesión de una medida cautelar preliminar, incluida la probabilidad de éxito sobre el fondo del caso.
2 - Establecer qué tipo de notificación debe dar el gobierno a los detenidos bajo la Ley de Enemigos Extranjeros para garantizar el debido proceso.
La Corte Suprema ordenó que, mientras el Quinto Circuito resuelve el caso, “se prohíbe al Gobierno expulsar a los demandantes nombrados o a los presuntos miembros de la clase en este caso bajo la Ley de Enemigos Extranjeros”. Sin embargo, la Corte aclara que el gobierno sí puede expulsar a estas personas utilizando “otras bases legales”.
El magistrado Brett Kavanaugh, en un voto concurrente propio, explicó que la decisión de la Corte “garantiza que el Poder Judicial pueda decidir si estos detenidos venezolanos pueden ser legalmente expulsados bajo la Ley de Extranjeros Enemigos antes de que dicha expulsión ocurra”. No obstante, Kavanaugh indicó que todavía no han sido resueltas “las cuestiones legales de fondo” sobre la invocación de esta ley.
La Corte Suprema reafirmó que los detenidos tienen derecho al debido proceso
En Factchequeado ya te hemos informado que toda persona en Estados Unidos goza de este derecho sin importar su estatus migratorio ni quién gobierna.
Los magistrados de la Corte Suprema -John Roberts, Sonia Sotomayor, Elena Kagan, Neil Gorsuch, Amy Coney Barrett, y Ketanji Brown Jackson- ratificaron en su fallo que a los detenidos bajo la Ley de Enemigos Extranjeros se les debe dar un plazo “razonable” para que puedan impugnar su designación y que “una notificación con aproximadamente 24 horas de antelación a la expulsión, sin información sobre cómo ejercer los derechos del debido proceso para impugnar dicha expulsión, claramente no cumple con los estándares requeridos”.
En el fallo los magistrados también reiteraron que todo extranjero que esté atravesando un proceso de expulsión de Estados Unidos tiene derecho al debido proceso bajo la Quinta Enmienda de la Constitución.
Los magistrados Clarence Thomas y Samuel Alito votaron en contra del fallo.
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