El 20 de enero de 2025, el presidente Donald Trump firmó una orden ejecutiva que elimina la ciudadanía por nacimiento para hijos de inmigrantes sin estatus legal y personas con visas temporales. La medida, que entraría en vigor en 30 días, ha sido impugnada por los fiscales de 22 estados en dos denuncias por separado por considerarla inconstitucional. Otras organizaciones defensoras de los derechos civiles y grupos de madres embarazadas han interpuesto denuncias en contra del decreto.
En respuesta a estas denuncias, cuatro jueces han bloqueado la implementación de la orden ejecutiva a nivel nacional:
El 23 de enero de 2025, el juez federal John Coughenour, con sede en Seattle, bloqueó su implementación y la calificó de "flagrantemente inconstitucional”.
El 6 de febrero de 2025, la jueza de distrito de Maryland, Deborah Boardman, bloqueó el decreto de Trump, en otro caso presentado por grupos de defensa de los derechos de los inmigrantes y mujeres embarazadas cuyos hijos por nacer podrían verse afectados. “La ciudadanía es un derecho muy preciado, concedido expresamente por la Decimocuarta Enmienda de la Constitución”, expuso Boardman.
El 10 de febrero de 2025, el juez federal de distrito Joseph N. Laplante, en Nueva Hampshire, bloqueó también el decreto del presidente Trump.
El 13 de febrero, el juez federal de distrito de Massachusetts, Leo Sorokin, emitió un fallo de 31 páginas en el que señala que la “Constitución confiere el derecho a la ciudadanía por nacimiento de manera amplia, incluyendo a las personas dentro de las categorías descritas” en la orden ejecutiva del presidente. El caso de Boston fue presentado por los fiscales generales demócratas de 18 estados, y es uno de al menos nueve juicios que impugnan la orden de ciudadanía por nacimiento.
El 27 de junio de 2025, en una decisión dividida (6-3), la Corte Suprema de Estados Unidos (SCOTUS, en inglés) falló a favor del presidente Donald Trump, al conceder su solicitud de limitar el alcance de las medidas cautelares impuestas por tribunales federales. Sin embargo, el fallo no se pronunció sobre la constitucionalidad de la ciudadanía por nacimiento.
Lo que sí resolvió el tribunal fue que las cortes federales no tienen autoridad para bloquear leyes o decretos de manera universal, es decir, no pueden aplicar frenos que tengan efecto en todo el país, salvo en los casos concretos de los demandantes.
La decisión, adoptada por 6-3 votos, limita la capacidad de jueces federales para suspender políticas nacionales, lo que reduce significativamente los obstáculos judiciales a futuras acciones ejecutivas de Trump.
¿Qué pasa por ahora con la ciudadanía por nacimiento?
La ciudadanía por nacimiento sigue vigente por ahora, en tanto no se ha declarado inconstitucional ni ha sido eliminada legalmente. Sin embargo, la decisión de la Corte permite, en términos técnicos, que la administración de Trump inicie el proceso para eliminarla. El fallo autoriza a las agencias federales a desarrollar y emitir directrices para aplicar la orden ejecutiva.”, afirmó en su cuenta de X Kathleen Bush-Joseph, abogada de la organización no partidista Migration Policy Institute.
Aaron Reichlin-Melnick, experto en políticas migratorias de la organización no partidista Immigration Council, coincidió con Bush-Joseph, e indicó en su cuenta de X que el fallo de la Corte “deja claro que la orden ejecutiva [de Trump] no entrará en vigor durante 30 días, lo que dará tiempo para detenerla por otros medios”.
Charles Kuck, abogado de inmigración, destacó en su cuenta de X que “la Corte no falló sobre la legalidad de la orden de Trump, sino sobre el proceso para impugnarla”. Bajo la decisión de la Corte, “cualquier persona que quiera impugnar la orden ejecutiva ilegal de Trump sobre la ciudadanía por nacimiento tiene que demandar de forma individual para asegurar la ciudadanía de su hijo”.
En resumen, la Corte no evaluó si la orden ejecutiva es constitucional o no. Su análisis se limitó a examinar si las cortes federales tienen autoridad para bloquear la aplicación de una orden presidencial en todo el país, más allá de los demandantes específicos. La Corte concluyó que no tienen ese poder de “alcance universal”, lo que significa que no pueden emitir fallos que detengan una política federal para todas las personas, sino solo para quienes participan directamente en la demanda.
¿Qué establece la orden ejecutiva?
La orden ejecutiva firmada por Trump el día de su toma de posesión, señala que las autoridades del país no reconocerán la ciudadanía de los niños nacidos en Estados Unidos que son hijos de inmigrantes indocumentados, y prohíbe la ciudadanía por derecho de nacimiento para los niños nacidos de personas con visas temporales de trabajo, estudiantes y turistas.
Trump ordenó a las agencias del gobierno de Estados Unidos que no emitieran documentos que reconozcan la ciudadanía para estos niños. Establece específicamente que la Administración de Seguridad Social y el Departamento de Estado, respectivamente, dejen de emitir números de seguridad social y pasaportes estadounidenses a estos niños. La acción ejecutiva señala que entrará en vigor a los 30 días de la firma del documento.

Limitar la ciudadanía por nacimiento es “extraordinario y extremo”, dijo el fiscal general de Nueva Jersey, Matthew J. Platkin, quien encabezó la iniciativa legal en contra de la orden ejecutiva, junto con los fiscales generales de California y Massachusetts. “Los presidentes son poderosos, pero él no es un rey. No puede reescribir la Constitución de un plumazo”, señaló. El documento de 50 páginas, con el número “Case 1:25-cv-10139”, fue enviado al Tribunal de Distrito de EE. UU. para el Distrito de Massachusetts.
Luego de que la orden ejecutiva se diera a conocer, el fiscal general del estado de California, Rob Bonta, dio a conocer también la demanda en una publicación de X (antes Twitter).
“La orden ejecutiva del Presidente que intenta rescindir la ciudadanía por derecho de nacimiento es descaradamente inconstitucional y, francamente, antiestadounidense”, dijo el fiscal general Bonta. “Como hogar de Wong Kim Ark, un nativo de San Francisco que luchó, con éxito, para que se reconociera su ciudadanía estadounidense, California condena los intentos del Presidente de borrar la historia e ignorar 125 años de precedentes de la Corte Suprema. Estamos pidiendo a un tribunal que bloquee de inmediato esta orden para que no entre en vigor”.
El Distrito de Columbia, la ciudad y el condado de San Francisco, California, junto con 18 estados interpusieron una demanda conjunta, y son los siguientes, en orden alfabético:
California, Carolina del Norte, Colorado, Connecticut, Delaware, Hawái, Maine, Maryland, Massachusetts, Michigan, Minnesota, Nevada, Nueva Jersey, Nueva York, Nuevo México, Rhode Island, Vermont, Wisconsin.
Otros cuatro estados se unieron para presentar otra demanda en contra de la medida del presidente: Arizona, Illinois, Oregon y Washington.
Un grupo de organizaciones a favor de los derechos de los inmigrantes también demandaron a la administración de Trump desde el mismo lunes 20 de enero por poner fin al derecho a la ciudadanía por nacimiento en Estados Unidos.
"Negar la ciudadanía a los niños nacidos en Estados Unidos no solo es inconstitucional, también es un repudio imprudente y despiadado de los valores estadounidenses", dijo en un comunicado Anthony D. Romero, director ejecutivo de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), una de las organizaciones que formalizó la demanda.
La demanda —Case No. 1:25-cv-38— fue interpuesta por la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU), la ACLU de New Hampshire, la ACLU de Maine, la ACLU de Massachusetts, Asian Law Caucus, el State Democracy Defenders Fund y el Legal Defense Fund en nombre de organizaciones cuyos miembros serán denegados de la ciudadanía a sus bebés nacidos en suelo estadounidense en virtud de la orden, entre ellas New Hampshire Indonesian Community Support, League of United Latin American Citizens (LULAC) y Make the Road New York.
La orden ejecutiva de Trump sobre el derecho de nacimiento es una de las varias políticas relacionadas del presidente en contra de la inmigración indocumentada.
El gobierno de Trump reinterpreta la Constitución
La orden reinterpreta el concepto de “y sujeto a su jurisdicción” en la 14ª Enmienda de la Constitución de Estados Unidos, que hasta ahora ha considerado como ciudadano de Estados Unidos a cualquier persona nacida en el país, independientemente de si sus padres lo son.
El derecho de ciudadanía por nacimiento se otorga desde hace más de un siglo, explicó a Factchequeado la profesora de Derecho de la Universidad de Fordham Jennifer Gordon.
“Hace 125 años que la Corte Suprema aclaró que la 14ª enmienda aplica a los hijos de inmigrantes, sin importar la situación migratoria de sus padres. A no ser que la Corte Suprema anule esa decisión o que haya una enmienda constitucional, los hijos de inmigrantes sin papeles nacidos en Estados Unidos continuarán siendo ciudadanos desde su nacimiento”, precisó Gordon.
El gobierno de Estados Unidos no tiene públicamente una estadística de cuántos hijos de inmigrantes sin estatus legal han nacido en el país. Pero en 2022, el Pew Research Center estimó que unos 4.4 millones de niños nacidos en Estados Unidos, menores de 18 años, vivían con una mamá o un papá sin documentos.
¿Qué es la cláusula de ciudadanía de la 14ª Enmienda?
La 14ª Enmienda de la Constitución de Estados Unidos fue aprobada por el Congreso el 13 de junio de 1866 y ratificada el 9 de julio de 1868. Textualmente dice en su Sección 1:
“Toda persona nacida o nacionalizada en los Estados Unidos, y sujeta a su jurisdicción, es ciudadana de los Estados Unidos y del Estado en que resida. Ningún Estado promulgará ni hará cumplir ninguna ley que limite los privilegios o las inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; ni ningún Estado privará a persona alguna de su vida, libertad o propiedad, sin un debido proceso legal; ni dentro de su jurisdicción le negará a persona alguna la protección legal igualitaria”.
Luego, en la Sección 5, señala: “El Congreso tendrá la facultad de hacer cumplir las disposiciones de este artículo por medio de leyes apropiadas”.
De acuerdo con la ACLU, esta enmienda estipula que, con algunas excepciones por separado, las personas nacidas en los Estados Unidos son ciudadanas de este país, independientemente de la raza, la etnicidad, o el origen nacional de sus padres.
La ACLU explica en un documento que la enmienda fue ratificada para rectificar una
resolución de la Suprema Corte en la historia de nuestra nación: la resolución judicial “Dred Scott vs. Sandford” de 1857, en la cual la Corte sostuvo que ningún individuo de descendencia africana, incluyendo a los esclavos y personas libres, jamás podía llegar a ser ciudadano de los Estados Unidos.
En respuesta a la “Dred Scott”, el Congreso aprobó y los estados ratificaron la 14ª Enmienda, y dispusieron así en su primera frase que “todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos y sujetas a su jurisdicción, son ciudadanas de los Estados Unidos y del Estado donde ellas residen”.
El gobierno de Estados Unidos no dispone, al menos públicamente, de una estadística sobre los niños nacidos en el país que son hijos de padres indocumentados. Un análisis del Pew Research Center del año 2022 señala que “alrededor de 4.4 millones de menores de 18 años nacidos en Estados Unidos viven con un progenitor inmigrante no autorizado. Representan alrededor del 84% de todos los hijos menores que viven con su progenitor inmigrante no autorizado”.
*Esta nota fue actualizada el 27 de junio de 2025 para incluir que la Corte Suprema autorizó al gobierno de Donald Trump no resolvió si es constitucional quitar la ciudadanía por nacimiento. En cambio, decidió que las cortes federales no pueden bloquear una orden presidencial en todo el país, lo que se conoce como una medida cautelar de alcance universal.
* Esta nota fue actualizada el 26 de febrero de 2025 para incluir que un cuarto juez bloqueó el decreto del presidente Trump.
** Esta nota fue actualizada el 10 de febrero de 2025 para incluir que tres jueces han bloqueado la orden ejecutiva.
*** Esta nota fue actualizada el 23 de enero de 2025 para incluir que el juez federal en Seattle, John Coughenour, bloqueó la implementación de la orden ejecutiva. calificándola de "flagrantemente inconstitucional”.
**** Esta nota fue actualizada el 22 de enero de 2025 para incluir a los estados del país que presentaron otra demanda conjunta en contra de la orden ejecutiva firmada por Trump.
Primera fecha de publicación de este artículo: 21/01/2025
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Primera fecha de publicación de este artículo: 21/01/2025