El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) estableció una nueva política que autoriza a los oficiales de inmigración llevar a cabo acciones de cumplimiento de la ley en escuelas, incluyendo revisiones y arrestos de inmigrantes indocumentados. Sin embargo, sus agentes tienen límites: siguen estando obligados a presentar una orden judicial vigente y autorizada por un juez federal.
En concreto, la Cuarta Enmienda de la Constitución protege a todas las personas de búsquedas e incautaciones irrazonables.
Bajo el nuevo mandato de Trump, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) puede tener más presencia en áreas públicas de los planteles escolares, pero debe respetar el derecho a la privacidad y al debido proceso que protege la Constitución.
Además, la Corte Suprema estableció en el juicio histórico Plyler v. Doe que no se puede negar la educación pública gratuita a los niños por razón de su estatus migratorio.
“Permitir que las autoridades de inmigración ingresen a áreas no públicas de las escuelas —sin una orden judicial válida— también puede violar el derecho constitucional de los
estudiantes al debido proceso y al acceso igualitario a la educación bajo Plyler v. Doe al desmotivar o disuadir a los estudiantes de participar plenamente en su educación”, cita este documento de la Oficina del Fiscal General y el Departamento de Educación de Rhode Island, publicado el 27 de enero de 2025, unos días después del anuncio del DHS.
Rhode Island elaboró una guía con respuestas a preguntas de familias, estudiantes y educadores sobre el alcance de ICE en las escuelas. El distrito de Los Ángeles también difundió una, al igual que el departamento de educación de Nueva York.
“Cuando las familias se enteran de que la Oficina de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) tiene la autoridad para intervenir en las escuelas, comienzan a circular rumores. Y ni siquiera es necesario que esto ocurra para que se difunda en la comunidad que la ICE está cerca, lo que hace que las familias no lleven a sus hijos a la escuela”, le dijo Patricia Gándara, profesora de educación en la Universidad de California en Los Ángeles (UCLA), al medio Chalkbeat.
Desde 2011, si no era por una situación de seguridad nacional o un caso que justificara, las redadas, detenciones y operativos cerca de “lugares sensibles” —escuelas, guarderías, paradas de autobús escolar, hospitales e iglesias— tenían más límites. En 2021, el entonces secretario de Seguridad Nacional, Alejandro Mayorkas, amplió las zonas “sensibles” —añadió los parques y refugios, por ejemplo— y les cambió el nombre a “áreas protegidas”.
“En la mayor medida posible, no deberíamos realizar una acción de cumplimiento dentro o cerca de un lugar que restrinja el acceso de las personas a servicios esenciales o a participar en actividades esenciales. A dicho lugar se le denomina "área protegida”, según el memorando de Mayorkas en 2021.
“Este principio es fundamental. Podemos llevar a cabo nuestra misión de cumplimiento sin negar o limitar el acceso de las personas a atención médica necesaria, el acceso de los niños a sus escuelas, el acceso de personas desplazadas a alimentos y refugio, el acceso de personas de fe a sus lugares de culto, y más”.
¿Hasta dónde se permite la presencia de ICE en escuelas?
Los agentes de inmigración no pueden entrar a espacios escolares puertas adentro, como salones, oficinas y pasillos, sin una orden judicial vigente expedida por un juez federal.
Lo que sí pueden hacer los oficiales migratorios sin necesidad de una orden judicial es estar en lugares abiertos al público, como estacionamientos, accesos, vestíbulos (se considera un espacio público por ser las zona de entrada a la escuela) y paradas de autobús.
Según la Ley de Derechos Educativos y Privacidad de la Familia (Family Educational Rights and Privacy Act, FERPA), incluso si los oficiales de migración tienen una orden judicial vigente de un juez federal para ingresar a las áreas privadas o restringidas de una escuela, no pueden acceder a los registros y expedientes de los estudiantes.
Una escuela debe contar con el consentimiento escrito de los padres para revelar a un tercero cualquier información de identificación personal contenida en los registros educativos de un menor de edad, de acuerdo con FERPA.
Órdenes de un juez vs. órdenes administrativas de migración
Una orden vigente firmada por un juez federal permite a ICE que ingrese a aulas, pasillos y oficinas de las escuelas, basándose en una constatación de causa probable (Cuarta Enmienda). Pero las órdenes administrativas, firmadas por oficiales de inmigración (y no jueces), no obligan a las escuelas a dar acceso ni a entregar personas.
Una órden administrativa les permite entrar a una escuela para buscar y confiscar ciertos tipos de pruebas; no les autoriza a ingresar a la propiedad, hacer registros dentro, ni incautar pruebas ni realizar una detención al interior del plantel, según las protecciones que otorga la Cuarta Enmienda,
Decisiones contrapuestas sobre ICE en zonas escolares
Algunos distritos escolares han modificado sus protocolos desde mediados de 2025, tras la revocación de la política de zonas protegidas.
Unos distritos están cooperando más con ICE, como ocurre en Charlotte, Carolina del Norte: el sistema escolar Charlotte-Mecklenburg, al inicio del año escolar agosto de 2025, aprobó la presencia de ICE en pasillos y estacionamiento de las escuelas, lo que generó inconformidad, protestas de familias y organizaciones comunitarias.
En otros casos está ocurriendo lo contrario.
En el mismo estado de Carolina del Norte, el Sistema Escolar del condado de Wake, envió una guía a los directores escolares que establece que los agentes de inmigración sólo pueden ingresar con una orden judicial válida o en circunstancias urgentes que amenacen la seguridad pública. Según el memorando, el personal no debe bloquear a los agentes si alegan que negar la entrada inmediata es ilegal o pone en riesgo la seguridad pública, de acuerdo con esta nota de Enlace Latino, medio aliado de Factchequeado.
En Dallas, Texas, la superintendente Stephanie Elizalde informó a inicios de agosto de 2025 que no van a permitir que ICE a sus más de 230 escuelas sin una orden judicial.
En Los Ángeles, California, el Distrito Escolar Unificado (LAUSD), desplegó voluntarios, personal y policía escolar al inicio de clases con apoyo de la alcaldesa Karen Bass, para establecer lo que denominaron “zonas seguras” en vecindarios con una alta población de estudiantes latinos, a medida que regresan a la escuela.
El Departamento de Educación de Nueva York instruye a los directores escolares que, ante la llegada de agentes federales como ICE o el FBI, sólo deben permitir su acceso si presentan una orden judicial válida y tras consultar con el asesor legal. Los agentes deben esperar fuera del plantel mientras se verifica la documentación y no se debe compartir información de estudiantes sin autorización legal.
Además, las autoridades estudiantiles de NY dicen en la guía que cualquier intervención debe ser reportada a los directivos y los padres deben ser informados tan pronto como sea posible. Señalan que buscan que las escuelas sean “espacios seguros” y “libres de temor” a redadas migratorias o detenciones arbitrarias, especialmente para estudiantes inmigrantes.
En el estado de Rhode Island, la Oficina del Fiscal General y el Departamento de Educación emitieron una guía que describe el marco legal vigente, en qué casos sí y en qué casos no puede ingresar ICE puertas adentro, y menciona recursos para la comunidad estudiantil en caso de necesitarlos.
¿Qué pueden hacer administradores y personal de las escuelas?
Según la hoja informativa del National Immigration Law Center (NILC), el personal de escuelas recomienda a administradores y personal de las escuelas en Estados Unidos:
Identificar las leyes y políticas federales, estatales y locales aplicables que protegen a los alumnos inmigrantes y asegurarse de que el personal reciba información al respecto.
Reevaluar las prácticas de recopilación de datos y “evitar la recopilación de información sobre el estatus migratorio”.
Promover la creación de Planes Familiares de Emergencia y compartir información de derechos para las familias migrantes.
Enumerar los servicios y ayudas que se prestarán en caso de una acción policial de inmigración, y describir las políticas y protocolos vigentes de protección.
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