Nuestros aliados de Planeta Venus, de Wichita, Kansas, nos informaron que les han preguntado sobre “una nueva orden” presidencial que supuestamente pide que se deporten a personas con procesos de visa U. Esto es falso. También por medio de nuestro chatbot de WhatsApp de Factchequeado (+1-646-8736087), nos preguntaron: “Quiero hacer una pregunta sobre la visa U y de que las van a cancelar, gracias”.
La visa U es que ni se ha cancelado ni hay anuncios ni órdenes ejecutivas por parte de la nueva administración del presidente Donald Trump de que va a desaparecer la visa U. Al 25 de febrero de 2025, en Estados Unidos sigue vigente y sin haber sido cancelada.
Esta visa está destinada a víctimas de ciertos crímenes que han sufrido abuso físico o mental y que ayudan a las autoridades en la investigación o enjuiciamiento de actividades delictivas. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) continúa aceptando y procesando solicitudes para este estatus de no inmigrante, de acuerdo con su sitio web.
“En primer lugar el presidente (Trump) no puede hacer una orden ejecutiva para terminar la visa U, porque es una ley que forma parte de la ley de inmigración y la única manera de poder eliminarla o modificarla es a través de una nueva ley del Congreso o del Poder Judicial por una interpretación de la Corte Suprema que indique algo que sea inconstitucional, pero hasta el momento no han existido demandas para esta sección de la ley”, dice la abogada Marina Castillo, de Castillo Immigration Law Firm, consultada por Enlace Latino NC, medio aliado de Factchequeado.
Aunque la visa U y el formulario I-918 ―necesario para tramitarla―, siguen vigentes, las políticas migratorias pueden estar sujetas a cambios debido a decisiones administrativas o legislativas, por eso te recomendamos que si estás con un trámite de este tipo consultes con un abogado.
Elegibilidad de no inmigrantes para la visa U
Según USCIS, estos son los criterios de elegibilidad.
Si eres víctima de una actividad delictiva calificada
Actividad delictiva calificada se refiere a delitos graves que causan daño físico o mental a la víctima y que están enumerados en la sección 101(a)(15)(U) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Algunos de estos delitos incluyen violencia doméstica, abuso sexual, trata de personas, secuestro, agresión sexual, extorsión, homicidio involuntario, esclavitud involuntaria, perjurio, prostitución forzada, tortura, detención ilegal, obstrucción de la justicia y chantaje, entre otros.
Has sufrido abuso físico o mental sustancial
El abuso debe ser resultado de haber sido víctima de una actividad delictiva calificada y debe haber tenido un impacto significativo en tu bienestar.
Tienes información sobre la actividad delictiva
Debes poseer conocimiento sobre el delito que ocurrió, lo que permitirá tu colaboración con las autoridades.
Si eres menor de 16 años o no puedes proporcionar información debido a una discapacidad, un tercero puede ayudar.
Una madre, un padre, tutor o amigo cercano puede proporcionar la información en tu nombre.
Amigo cercano en este contexto se refiere a una persona que tenga un vínculo de confianza con la víctima y que pueda actuar en su interés para ayudar en la investigación o el enjuiciamiento.
Fuiste, eres o es probable que seas útil para las fuerzas del orden en la investigación o procesamiento del delito.
Implica cooperar con agencias policiales, fiscales o jueces proporcionando información clave sobre el crimen.
El delito debe haber ocurrido en Estados Unidos o debe haber violado las leyes estadounidenses
Si el delito ocurrió fuera del territorio de Estados Unidos no califica para la visa U a menos que haya una conexión con leyes estadounidenses.
De acuerdo con USCIS, el límite anual de visas U otorgadas por el gobierno de Estados Unidos es de máximo de 10,000 por año, el número tope es para los solicitantes principales; el límite no aplica para los familiares derivados, como cónyuges, hijos y, en algunos casos, padres o hermanos.
¿Desde cuándo existe la visa U?
El Congreso creó la visa U de no inmigrante con la aprobación de la Ley de Protección de Víctimas de Trata y Violencia (incluida la Ley de Protección de Mujeres Inmigrantes Maltratadas) en octubre de 2000. La legislación tenía por objeto fortalecer la capacidad de las agencias policiales para investigar y procesar casos de violencia doméstica, agresión sexual, trata de extranjeros y otros delitos, al tiempo que protegía a las víctimas de delitos que han sufrido abuso físico o mental sustancial debido al delito y están dispuestas a ayudar a las autoridades policiales en la investigación o el procesamiento de la actividad delictiva. La legislación también ayuda a las agencias policiales a servir mejor a las víctimas de delitos, según el sitio de USCIS.
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