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Te explicamos cuáles son los beneficios migratorios que tienen familiares de militares estadounidenses

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Si solo tienes unos segundos, lee esto:

  • La detención de Luis Avilés, padre de un marinero del USS Lincoln, por ICE, el 22 de agosto de 2026 en Key West, Florida, muestra cómo se han debilitado las protecciones migratorias de familiares de militares activos.
  • Una investigación de AP indica que más de 50 familiares de militares activos han sido detenidos desde 2025, con los cambios introducidos en el segundo gobierno del presidente Donald Trump.
  • Los beneficios migratorios para familias de militares —como Parole in Place y Acción Diferida— son discrecionales, pero han sido tradicionalmente presentadas por reclutadores militares como incentivos para los candidatos para que se enrolen en el servicio.
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La detención el 22 de agosto de 2026 en Key West, Florida, del nicaragüense Luis Avilés, padre del marinero desplegado a bordo del portaaviones USS Lincoln, Joshua Avilés, puso en la mira el caso de personas potencialmente amparadas bajo la Iniciativa para Miembros del Servicio Militar e Inmigrantes y Veteranos (IMMVI, por sus siglas en inglés). Esta iniciativa otorga beneficios migratorios discrecionales para los familiares de los miembros de las fuerzas armadas de los Estados Unidos, y, pese a ello, decenas han sido arrestadas por el Servicio de Aduanas e Inmigración (ICE, por sus siglas en inglés).

No está claro si Avilés padre, quien fue liberado tres días después y está de vuelta con su familia, ha solicitado o se ha acogido a alguno de los beneficios enumerados en el IMMVI. El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) no respondió a una solicitud de Factchequeado para conocer las razones de la detención de Avilés.

La hijastra de Avilés, Katty Delgado, dijo a NBC News que su padrastro tenía un permiso de trabajo, una tarjeta del Seguro Social, una licencia de conducir y un caso de asilo activo, y que había presentado peticiones migratorias solicitando que pudiera permanecer legalmente en el país, aunque no aclaró si estas fueron gestionadas dentro del IMMVI.

El caso de Avilés es parte de una nueva tendencia de detener a familias de militares estadounidenses activos evidenciada en el segundo gobierno de Donald Trump que ha cambiado décadas de tratamiento especial para ellos que tradicionalmente se tuvo bajo administraciones anteriores, de acuerdo con los hallazgos de una investigación de la agencia de noticias The Associated Press (AP) publicada a principios de agosto de 2026.

El trabajo de AP destaca que más de 50 padres y cónyuges de miembros de las fuerzas armadas en servicio activo han sido detenidos desde que Trump inició su segundo mandato, de ellos, al menos seis han sido deportados y uno se autodeportó”.

 

Los principales beneficios migratorios para familias de militares

Tradicionalmente, los reclutadores militares han promocionado las prestaciones migratorias para las familias de los militares como un incentivo para alistarse. Incluso con el cambio en la consideración de estos casos migratorios bajo el segundo gobierno de Trump, algunos reclutadores, como los de Guardia Nacional o el Ejército, siguen ofreciéndolos, de acuerdo con el reportaje de AP.

Solo el Cuerpo de Infantería de Marina respondió a la agencia AP que dejó oficialmente de anunciar el alistamiento como una forma de proteger a familiares inmigrantes en junio de 2025, algo que corrobora una nota del 9 de julio de 2025 del medio especializado Military.com.

En la página del Servicio de Ciudadanía en Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) en la que se explican los beneficios para familiares de militares se destaca el carácter “discrecional” de ellos.

“Reconocemos los importantes sacrificios realizados por los miembros de las fuerzas armadas de los EE. UU., los veteranos, los reclutas y sus familias. Para apoyar a estas personas, ofrecemos opciones discrecionales, tales como la autorización de permanencia temporal (parole) o la acción diferida, evaluando cada caso de manera individual”, se lee en la introducción al tema de los beneficios migratorios disponibles.

Permiso de Permanencia Temporal en el País (Parole in Place)

El primer beneficio es el Permiso de Permanencia Temporal en el País, conocido técnicamente como Parole in Place. Se otorga de manera discrecional, caso por caso, bajo la sección 212(d)(5)(A) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). Se concede en lapsos de un año y está disponible para el cónyuge, viudo o viuda, padres, hijos e hijas de militares en servicio activo, miembros de la Reserva Seleccionada de la Reserva Lista, o exmiembros que sirvieron activamente o en la Reserva Seleccionada y que no fueron dados de baja de manera deshonrosa.

Para calificar para el Parole in Place, el solicitante debe estar físicamente presente en Estados Unidos sin haber sido admitido legalmente, siendo considerado solicitante de admisión. Quienes ingresaron legalmente, pero cuya estancia autorizada venció, no son elegibles para este beneficio, aunque podrían calificar para la Acción Diferida.

Para la solicitud se requiere evidencia de la relación familiar (certificados de matrimonio, actas de nacimiento de los hijos, acta de nacimiento del militar que muestre el nombre del padre o madre, o inscripción en el Sistema de Informes de Elegibilidad de Inscripción de Defensa, DEERS).

Acción Diferida (Deferred Action)

El segundo beneficio relevante es la Acción Diferida (Deferred Action), una forma de discreción procesal que aplaza temporalmente las acciones de deportación. Al otorgarse, el DHS considera que el individuo está legalmente presente en el país durante su vigencia. Este beneficio no concede un estatus legal formal ni perdona violaciones pasadas o futuras de presencia indocumentada.

La Acción Diferida puede otorgarse por períodos de hasta dos años a los cónyuges, viudos o viudas, padres, hijos o hijas de militares en servicio activo, miembros de la Reserva Seleccionada o exmiembros con bajas honorables.

Un beneficio asociado a la Acción Diferida es la posibilidad de solicitar una autorización de empleo bajo las regulaciones existentes si el beneficiario demuestra necesidad económica para trabajar.

Los familiares sobrevivientes de un militar fallecido deben demostrar su residencia en los Estados Unidos al momento de la muerte del miembro del servicio.

 

Otros beneficios para familiares de militares dentro de la Ley de Ciudadanía

En el Capítulo 9 del Manual de Política de USCIS, dedicado a militares y sus familias, establece disposiciones generales de inmigración diseñadas para beneficiar a los cónyuges, hijos y padres de los miembros de las fuerzas armadas.

Son medidas que facilitan el proceso de naturalización y otorgan consideraciones especiales para la obtención de la residencia permanente, como permitir que los períodos que los familiares pasen en el extranjero acompañando al militar en despliegue oficial sean contabilizados como residencia y presencia física en el territorio estadounidense.

Para los cónyuges de militares que son residentes permanentes legales, la ley ofrece vías de naturalización basadas en el tiempo de residencia (generalmente de 3 o 5 años). Bajo la sección 319(e) de la Ley de Nacionalidad e Inmigración de 1952 (INA, por sus siglas en inglés) un cónyuge que resida en el extranjero con el miembro del servicio en misión oficial puede contar ese tiempo fuera del país como presencia física y residencia continua en Estados Unidos. Esto les permite cumplir con los requisitos reglamentarios para solicitar la ciudadanía estadounidense.

Adicionalmente, los cónyuges elegibles disfrutan de opciones de naturalización acelerada y procesos en el extranjero. El artículo 319(b) de la INA autoriza la naturalización expedita en Estados Unidos para aquellos cónyuges que están a punto de ser enviados al extranjero con su pareja militar. Los cónyuges que ya residen en el exterior con el militar en despliegue oficial pueden realizar todo el trámite de naturalización desde el extranjero, sin necesidad de viajar a Estados Unidos.

Ciudadanía para hijos de militares en el exterior

Los hijos de miembros del servicio militar pueden adquirir la ciudadanía estadounidense de manera automática o mediante naturalización, según su lugar de residencia. Bajo la sección 320 de la INA, los hijos menores de 18 años que sean residentes permanentes legales y residan en los Estados Unidos (o bajo ciertas condiciones en el extranjero con su padre militar) adquieren la ciudadanía automáticamente.

La sección 322 de la INA regula la adquisición de la ciudadanía para aquellos hijos de militares que residen en el extranjero y no la obtuvieron de forma automática. Gracias a las enmiendas de 2008, estos niños que acompañen a su progenitor militar en misión en el exterior están exentos de los requisitos tradicionales de admisión legal o presencia física temporal en Estados Unidos.

Familiares sobrevivientes

La ley otorga importantes beneficios de naturalización a los familiares sobrevivientes de militares fallecidos en combate. De acuerdo con la sección 319(d) de la INA, el cónyuge, hijo o padre sobreviviente de un ciudadano estadounidense que haya fallecido de manera honorable en servicio activo (incluyendo aquellos militares que recibieron ciudadanía póstuma) es elegible para solicitar la naturalización.

Los familiares sobrevivientes están exentos de cumplir con los requisitos generales de residencia o presencia física en los Estados Unidos y, en el caso del cónyuge sobreviviente, conserva su derecho a este beneficio aun si ha contraído un nuevo matrimonio tras la muerte del militar.

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